Procurador solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequible "Ley Antidiscriminación"

Procurador solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequible "Ley Antidiscriminación"

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequibles las normas demandadas de la “Ley Antidiscriminación.

En concepto rendido con motivo de una demanda de inconstitucionalidad promovida contra la Ley 1482 de 2011, conocida como “Ley Antidiscriminación”, que penaliza los “actos de racismo y discriminación” y el “hostigamiento por motivos de raza, religión, ideología, política, u origen nacional, étnico o cultural”.

En concepto del jefe del Ministerio Público, antes que promover la igualdad y el reconocimiento de la dignidad de todos los seres humanos, sin discriminación alguna, las normas demandadas “podrían llevar a la preocupante situación en que algunas personas, grupos, comunidades o pueblos lleven o intenten llevar a la cárcel u obliguen forzadamente a actuar o retractarse […] a quienes no comparten sus ideas, intereses, creencia u opciones”. Preocupa además que sean obstáculo legal para que las personas actúen de conformidad con lo que les ordena su conciencia, o se abstengan de manifestar sus opiniones o expresar sus creencias en espacios o establecimientos públicos, o a través de los medios de comunicación.

El procurador general considera que los nuevos tipos penales consagrados en la citada norma implican “una grave restricción de los algunos de los más importantes derechos fundamentales y libertades básicas que reconocen nuestra Constitución Política” y señala que, tal y como ya lo había advertido el Gobierno Nacional respecto de otras normas originalmente incluidas en la ley demandada, “sancionar penalmente ‘la decisión arbitraria de cualquier individuo de establecer diferencias [o promover que se establezcan diferencias] respecto de otros sujetos por razón de su pensamiento religioso, político o filosófico [o, incluso, de su nacionalidad, orientación sexual, entre otras], penaliza la esencia misma de la autonomía individual’”.

En este sentido el concepto destaca que las normas demandadas podrían conducir a nuevas e incluso a peores discriminaciones u hostigamientos que los que se pretenden sancionar: “(…) incluso podrían impedir que los padres de familia eduquen libremente a sus hijos, ya sean niños o adolescentes, a pesar de que ésta es una libertad y un derecho que también se encuentra reconocido en la Constitución (…) o, de igual forma, podrían restringir indebida y desproporcionadamente la libertad de cátedra, entre otras”.

En todo caso el procurador Ordóñez Maldonado fue enfático en reconocer y reiterar que el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, así como adoptar medidas a favor de grupos discriminados o marginados.

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