El Ministerio de Protección Social, mediante Resolución 4448 de 2005, amplió el listado de actividades que se prohíben para ser desempeñadas por menores de edad.
Entre otras labores se prohíbe que los niños y niñas realicen trabajos agrícolas con herramientas, trabajo en minas, utilización de maquinaria y el servicio doméstico.
Según informó el Ministerio en Colombia, existe más de un millón y medio de niños y niñas que trabajan y ello implica que estos menores no puedan ingresar al sistema educativo.
La resolución contempla multas monetarias, cierre temporal o definitivo de las empresas y denuncia penal para los adultos que utilicen a menores de edad en labores predeterminadas como prohibidas.
Los ciudadanos pueden efectuar las denuncias sobre trabajo infantil en el ICBF y en las oficinas del Ministerio de Protección Social.
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