Desde el 15 de julio se deben renovar las licencias de conducción

Desde el 15 de julio se deben renovar las licencias de conducción

El Ministerio de Transporte informó que desde el próximo 15 de julio se deben renovar las licencias de conducción. Sepa si usted es uno de los conductores que debe hacerlo.

La renovación de la licencia de conducción está sujeta a la fecha de vencimiento de la misma. Para aclarar dudas, sugerimos tener en cuenta los siguientes pasos:

¿Cómo identificar cuándo se debe renovar la licencia de conducción?

No se guie por el color de la licencia que porta, debe verificar: la categoría, la vigencia y su edad.

1.    Mire en la parte frontal de su licencia de conducción la categoría  a la que pertenece e identifique de acuerdo con el siguiente cuadro si su licencia es de servicio público o servicio particular.

Categorización antigua con números
Son para conducir vehículo:
Público
Mire la fecha de vencimiento
4, 5 y 6
Categorización con letras y números
Si ésta ya venció, usted debe renovarla inmediatamente.

C1, C2 y C3    

Categorización antigua con número 3
Son para conducir vehículo:
Particular
NO está obligado a cambiarla
Categorización con letras y números B1, B2 y B3 Fue cobijado por el decreto 019 de 2012, que le da vigencia hasta el 2022


Categorización antigua con números 1 y 2
Para conducir moto:
Particular

NO está obligado a cambiarla
Categorización con letras y números A1 y A2
Fue cobijado por el decreto 019 de 2012, que le da vigencia hasta el año 2022

2.     Tenga en cuenta su edad: si bien el Decreto 019 de 2012 fijó como vigencia para las licencias para conducir vehículo particular diez (10) años, es decir, hasta el 2022, es importante tener en cuenta la edad. Los mayores de 60 años y los mayores de  80 años deben hacerlo como se indica a continuación:

-       Identifique en la tabla su categoría y rango de edad para saber cuándo debe renovar su licencia

Edad Servicio particular Servicio Público
Mayores de 18 años y menores de 60 años Cada 10 años     Cada 3 años
Mayores de 60 hasta los  80 años Cada 5 años     Cada año
Mayores de 80 años     Cada año     Cada año

Recomendaciones
•      Tenga en cuenta que si tiene licencia de servicio público puede conducir vehículo particular, SÓLO si la licencia está vigente.
•      Si su licencia es para servicio público y sólo conduce vehículo particular, usted puede solicitar  el trámite de RECATEGORIZACIÓN a servicio particular, con ello no tiene que renovar cada tres (3) años.

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