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| Foto: Procuraduría |
El caso hace referencia a la modificación de la nómina de funcionarios de la Gobernación, dentro de los cuatro meses anteriores a la fecha de elecciones para Congreso de la República, realizadas en el mes de marzo de 2010.
La Procuraduría encontró que en la Gobernación hubo 29 casos de nombramiento durante el periodo de 4 meses en los que no se podía contratar y que empezaba el 14 de noviembre de 2009 e iba hasta el 14 marzo 2010.
Brito Ruiz le recordó al Gobernador Rozo Millán que los funcionarios públicos deben velar por el interés general y ser celosos en el cumplimiento de la Ley. Para la Procuraduría calificó la falta como grave y con dolo, pues el mismo Gobernador profirió una circular en que advertía a los funcionarios de la Ley de garantías y aún así la incumplió.
Brito aseguró que en dos casos se incurrió en falta disciplinaria, pues no hubo justificación para el nombramiento durante el periodo de prohibición. El Procurador no encontró pruebas de dolo en el comportamiento del Gobernador Rozo Millán.
El Procurador encontró que Rozo Millán incurrió en error no voluntario y que fue mal asesorado por la Secretaria Jurídica de la Gobernación. En consecuencia Brito Ruiz profirió su fallo de absolución en los 29 casos que fueron analziados.
En 27 de los 29 casos no hubo problemas y estuvieron ajustados a la Ley; o no se pudo probar que efectivamente hubiera habido irregularidades en los nombramientos. En algunos el Procurador decidió no censurarlos aunque en algunos aseguró que fue “muy a su pesar”.
El Gobernador de Boyacá al término de la audiencia agradeció el examen prolijo que hizo el Procurador y que se le hubiera permitido allegar todas las pruebas.
La audiencia empezó pasadas las 9:35 de la mañana y tras la lectura del proceso, que empezó en febrero tras acción interpuesta por un ciudadano, el Procurador Brito dio a conocer su fallo.

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