Agencia de viajes recibe condena por no responder retractación de un cliente en Tunja

Agencia de viajes recibe condena por no responder retractación de un cliente en Tunja

Por vulneración al derecho de retracto, Superindustria condena judicialmente a American Latin Travels a devolver a un consumidor el 100% del dinero pagado por un contrato de descuentos turísticos y le impone una multa

La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Sentencia Judicial condenó a la sociedad American Latin Travels S.A.S. a devolver el dinero pagado por un contrato de descuentos turísticos, frente al cual el consumidor ejerció su derecho de retracto, pero nunca obtuvo respuesta, lo que configuró una infracción a sus derechos como consumidor.

En la decisión judicial se encontró probado que American Latin Travels domiciliada en San Andrés, fue renuente a cumplir las obligaciones legales previstas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), al no dar respuesta a la petición elevada por el consumidor de terminar el contrato, desconociendo el derecho al retracto, así como la obligación de resolver las reclamaciones elevadas por los consumidores.

La demanda judicial fue instaurada por un consumidor que suscribió en la ciudad de Tunja un contrato de descuentos turísticos con la mencionada sociedad. Mediante sentencia judicial, la Superintendencia de Industria y Comercio condenó a American Latin Travels S.A.S. a devolver a un consumidor $5’850.000 equivalentes al 100% del valor pagado por un contrato de descuentos turísticos, por vulnerar el derecho de retracto que ejerció oportunamente el consumidor.

La Superintendencia de Industria y Comercio comprobó durante el proceso que al consumidor le ofrecieron, en un centro comercial de la ciudad de Tunja, adquirir los servicios de descuentos turísticos y para convencerlo le prometieron participar por un premio de un crucero, para lo cual lo citaron en un lugar fuera del centro comercial, donde finalmente se suscribió el contrato.

Esta modalidad de comercialización de servicios es denominada por el Estatuto del Consumidor como un “método no tradicional”, por cuanto se somete al consumidor a escenarios dispuestos especialmente para aminorar su capacidad de discernimiento y decisión. Por esta razón, el Estatuto dispone que en estos casos el consumidor tiene el derecho a retractarse del contrato dentro de los 5 días siguientes a su celebración recibiendo el 100% del dinero que hubiera pagado.

La Superindustria comprobó durante el proceso judicial que el consumidor ejerció su derecho de retracto dentro del término establecido en la ley, sin embargo, la sociedad AAmerican Latin Travels nunca resolvió su solicitud.

En la misma decisión judicial, la Superindustria impuso a American Latin Travels una multa de más de $64.000.000, por desconocer el derecho de retracto consagrado en el Estatuto del Consumidor y por no dar respuesta a la reclamación directa que elevo en su momento el consumidor.
Esta decisión judicial de la Superindustria se adopta para proteger el derecho de los colombianos a que los proveedores garanticen el derecho al retracto y responder las peticiones, quejas o reclamos que presenten.

La decisión de carácter jurisdiccional adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio a favor del consumidor es de inmediato cumplimiento, contra ella no procede ningún recurso y actualmente se encuentra debidamente ejecutoriada.

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