Se definió este miércoles la adopción para parejas homosexuales, el conjuez José Roberto Herrera dio a conocer su ponencia, que fijó la decisión de la Corte Constitucional.
El magistrado Herrera, tras estudiar la ponencia, determinó que sólo podrán adoptar los homosexuales si el menor es hijo biológico de uno de los miembros de la pareja.
La Corte informó el sentido de su decisión por medio de un trino en su cuenta de Twitter. El mensaje dice: "Las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente"
La decisión se tomó por 5 votos a favor de negar la adopción y 4 a favor de otorgarla.
Para la comunidad homosexual la decisión resulta ser un revés a sus aspiraciones de igualdad absoluta.
Así las cosas, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, deberá aplicar esta normatividad a la hora de entregar en adopción niños a parejas homosexuales.
El fallo había quedado aplazado desde el pasado 4 de febrero, cuando la votación en sala plena de Corte Constitucional cerró con un empate de 4 votos a favor y 4 en contra.
Foto: http://childrenawaitingparents.blogspot.com/
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