La medida fue adoptada por la Primera Brigada del Ejército y regirá en los municipios de Onzaga y Puente Nacional (Santander) y Buenavista y Tenza (Boyacá).
Para las localidades de Tenza, Onzaga y Puente Nacional la medida restrictiva está vigente a partir del día viernes 28 de julio a partir de las doce de la noche hasta el día lunes primero de julio a las doce de la noche. Para la localidad de Buenavista la medida entra en vigencia a partir del viernes 28 de julio de 2013 a las doce de la noche y finaliza el domingo 30 de junio a la media noche.
Esta restricción busca garantizar la paz y tranquilidad, preservar los derechos, garantías en cada una de las localidades.
El ciudadano que viole las disposiciones legales de la resolución estarán incursos en una serie de delitos contemplados en los artículos 83, 84 y 85, título X, del decreto 2535 de 1993; y los contenidos en las leyes colombianas establecidas para tal fin; que van desde la incautación del arma, el decomiso definitivo de la misma, el pago de multas, y/o la detención preventiva de quien la porte.
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