(SNE).- Dentro de dos años quedará prohibida la venta y distribución de leche cruda y leche cruda enfriada para el consumo humano directo.
Los comercializadores tienen este plazo para adecuarse a las nuevas normas sobre la materia o sustituir su actividad económica.
Así lo establece el decreto 2838, expedido por el Ministerio de la Protección Social, el pasado jueves 24 de agosto.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Comentarios
Publicar un comentario
Leave a comment. Thanks!
Comentarios de Facebook