Teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 000152 , del 09 de agosto de 2013, las fechas en que se restaurará el servicio serán las siguientes:
Obligación | Fecha de restablecimiento de los (SIE) |
| Declaración Virtual y pago de impuesto de Renta y Complementar ios de Persona Naturales | 12 de agosto de 2013 |
| Declaración Virtual y pago del Gravamen a los Movimientos Financieros – GMF | 14 de agosto de 2013 |
| Declaración Virtual y pago de Retención en la Fuente | 14 de agosto de 2013 |
| Declaración Virtual y pago electró nico de Retención en la Fuente a título de Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE | 16 de agosto de 2013 |
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, se podrán presentar y pagar las declaraciones tributarias, a más tardar, al día siguiente de las fechas arriba relacionadas, sin que haya lugar a sanción por extemporaneidad, ni intereses moratorios.
Finalmente, la DIAN aclara que los pagos realizados por los agentes de retención en las entidades financieras por concepto del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, durante el lapso en que se declaró la contingencia, se imputarán (se tendrán como recibidos) de conformidad en lo establecido en el artículo 804 del Estatuto Tributario.
» Consulte el texto completo de la Resolución 000152, del 09 de agosto de 2013

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