El precio al consumidor de la gasolina en las principales ciudades del país se construye a partir de cuatro grandes componentes: el ingreso al productor de la gasolina motor corriente y motor corriente oxigenada (adicionada con alcohol carburante), los impuestos (IVA, impuesto global y sobretasa a la gasolina según la ciudad), y los márgenes de comercialización.
El factor más influyente sobre el precio de la gasolina es el ingreso al productor que es el valor pagado a las refinerías por transformar el petróleo. De hecho, el ingreso al productor lo determina mensualmente el Ministerio de Minas y Energía sobre la base de la evolución del precio internacional del petróleo, el costo de los fletes marítimos y terrestres, los seguros, el gasto de transporte por poliducto y la tasa de cambio
A todo lo anterior se le suma la aplicación del costo de oportunidad que incluye tres criterios: la brecha entre el precio reconocido al productor local y el precio de paridad de exportación, la tendencia del precio internacional del petróleo y la definición de topes
Así las cosas, es claro que el precio de la gasolina no responde automáticamente a las variaciones de los precios internacionales del petróleo en la medida que la fórmula definida por el gobierno amortigua la volatilidad internacional de los precios, tanto al alza como a la baja.
Un estudio del Banco de la República (2012) muestra -a título de ejemplo- que el 27.9% del precio de un galón de gasolina correspondía a IVA, impuesto global y sobretasa. A todas luces, un porcentaje exagerado.
Finalmente, a estos factores estructurales se debe sumar lo establecido en los artículos 69 y 70 de la última reforma tributaria (Ley 1739 de 2014) del gobierno Santos con los que se creó el “Diferencial de Participación”: una contribución parafiscal para financiar el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles (FEPC).
Creado por el literal c) del artículo 101 de la Ley 1450 de 2011, este “diferencial” fue declarado inexequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-621-13 de 10 de septiembre de 2013.
Ahora bien, cálculos del propio Gobierno Nacional estiman que el FEPC acumulaba hacia finales de 2014 un déficit de más de $4 billones. Y es por eso que para no destinar recursos públicos de inversión para financiar este déficit, el gobierno creo en la reforma tributaria esta contribución parafiscal en cabeza del importador o refinador al momento de importar o refinar el combustible, sólo cuando el precio internacional del combustible sea inferior a su precio de referencia.
En consecuencia el gobierno Santos persigue -a través de esta contribución- que cuando bajen los precios internacionales del petróleo, se ahorre dinero con el que se pueda llenar el hueco del FEPC generado por la suavización de las alzas de precios en temporadas de precios internacionales altos.
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Senadora Centro Democrático
+EXCELSIO

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